Certificado de Capturas para Aguas Comunitarias

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Descripcion

Para garantizar la trazabilidad de los productos de la pesca capturados por buques españoles independientemente de la zona de captura de aguas comuntarias, acreditando que las capturas se han efectuado con arreglo a las leyes, reglamentos y medidas internacionales de ordenación y conservación aplicables, a la hora de realizar su exportación es necesario la emisión de un Certificado de Capturas para la Comunidad Europea.

¿Quién lo puede solicitar?

El procedimiento se inicia a petición del interesado mediante solicitud a la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Métodos de identificación y firma electrónica

Permite firmar mediante DNI electrónico o un certificado digital instalado en el dispositivo o navegador reconocido por cualquiera de las entidades certificadoras oficiales.

Para el correcto funcionamiento se recomienda tener actualizado a la última versión, tanto el sistema operativo como sus paquetes de actualizaciones, así como el navegador (Internet Explorer, Microsoft Edge, Google Chrome, Firefox o Safari).

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